• C/BALMES 76, PRAL 1ª, 08007 BARCELONA +34 934 878 030 bmk@bmk.es

La inversión del sujeto pasivo de prestadores de servicios no residentes

La inversión del sujeto pasivo de prestadores de servicios no residentes /Reverse charge mechanism for suppliers of services, non resident in Spanish Law.

 

¿Qué es la inversión de sujeto? La regla de la inversión del sujeto pasivo, “reverse charge”, determina que el destinatario de la operación sujeta a IVA se convierte en el sujeto pasivo de IVA. La regla general es que son sujetos pasivos los empresarios que realizan entregas de bienes o prestaciones de servicios. La regla de la inversión del sujeto pasivo convierte en sujeto pasivo a los receptores o destinatarios de tales entregas o prestaciones de servicios.

¿Por qué la inversión del sujeto pasivo? Esta regla de la inversión del sujeto pasivo ha sido objeto de una evolución expansiva. Inicialmente se aplicaba a un número de supuestos limitados. Sin embargo, el legislador comunitario vio en ella, una herramienta para controlar el fraude fiscal en IVA así como una vía para simplificar procedimientos tributarios. Así la regla de la inversión del sujeto pasivo se extendió a supuestos donde podía existir una posibilidad de fraude o de falta de ingreso del IVA. Ejemplos de ello son las entregas de teléfonos móviles, ordenadores portátiles o tabletas digitales que sean hechos imponibles del impuesto.

Las prestaciones de servicios que se realizan por empresas no residentes y que deben tributar por IVA en España tienen dos dimensiones desde la perspectiva del mecanismo de la inversión del sujeto pasivo. En primer lugar, las empresas no residentes que deben ingresar el IVA en España por tales operaciones pueden constituir una bolsa de fraude para la Hacienda española, si éstas no proceden al correspondiente ingreso de IVA. Si bien es cierto que existen mecanismos de cooperación entre los Estados miembros, entraña ciertas dificultades e inversión de recursos perseguir a un contribuyente más allá de las fronteras. Solución: inversión del sujeto pasivo. Quien deberá declarar e ingresar el IVA repercutido no será la empresa no residente presuntamente huidiza, sino el destinatario empresa residente en España sobre la cual la administración tributaria puede ejercer acciones más inmediatas para requerir y ejecutar la deuda tributaria.

En segundo lugar, se observa otra dimensión desde una perspectiva práctica y de la propia dinámica de impuesto. El hecho que una empresa no residente deba ingresar el IVA por una operación realizada en España, comporta que tal empresa debe darse de alta en IVA en España, y afrontar las obligaciones de declaración trimestral y anual. Para evitar tal carga administrativa a la empresa no residente se encuentra una solución: la inversión del sujeto pasivo. Será la empresa no residente destinataria del servicio quien asuma tales obligaciones.

Ejemplo. Una empresa domiciliada en Alemania se ocupa de realizar trabajos especializados en relación a la cubierta de un edificio en España. Para ello la empresa alemana envía tres trabajadores que permanecen en España 30 días a tal fin. El hecho imponible de IVA de las prestaciones de ejecuciones de obra en relación a un inmueble se entiende realizado en España en tanto que Estado de ubicación del inmueble de acuerdo con el artículo 70.Uno Ley del impuesto sobre el valor añadido –en adelante LIVA. En principio, la empresa alemana debería darse de alta de IVA en España, y emitir una factura con IVA español. Este IVA debería ingresarlo en Hacienda España. Ahora bien, la LIVA aplica a este supuesto la norma de la inversión del sujeto pasivo. El sujeto pasivo de la operación será la empresa española receptora de los trabajos, por lo que la empresa Alemana deberá emitir una factura sin IVA.

Requisitos. El artículo 84.Dos. 1 LIVA establece que se aplicará la regla de la inversión del sujeto pasivo en casos de prestación de servicios en los siguientes supuestos:

  • Prestador es un empresario o profesional no residente en España sin establecimiento permanente en España.
  • Destinatario del servicio es una empresa o profesional residente el Territorio de Aplicación del Impuesto.
  • Localización del hecho imponible en el Territorio de aplicación del impuesto. De acuerdo con las normas de localización del servicio previsto en los artículos 69 y ss. LIVA

En el ejemplo además concurre otro de los supuestos de la regla de la inversión del sujeto pasivo cual es las ejecuciones de obra. Es decir, en el caso expuesto se produce la inversión del sujeto pasivo por un doble motivo, por ser la empresa prestadora no residente y por realizar una prestación de servicios de ejecución de obra. Este último supuesto implica la inversión del sujeto pasivo también para operaciones interiores.

La complejidad del impuesto en este tema o en otros bien hace merecer la consulta a un experto tributario que libere a la empresa de incertidumbres y dudas en su actividad empresarial.

 

15.05.2021

David Elvira

Bufete Mañá-Krier-Elvira